PLANEAMIENTO

GENERAL

PLANEAMIENTO GENERAL

Ordenación Urbanística de Andalucía.

Desarrollo de Planeamiento General conforme a determinaciones de la LOUA.

 

REDACCIÓN DE PLANES GENERALES

Concepto, objeto y contenido según artículos 8, 9 y 10 de la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía:

Deben establecer modelo de ordenación que aseguren:

– La adecuada integración en el territorio.

– Funcionalidad y puesta en valor de la ciudad existente.

– Conservación y mejora del patrimonio
Integración de nuevos desarrollos urbanísticos.

– Economía y eficacia de las infraestructuras.

– Preservación del dominio público.

– Respetar tipologías.

– Atender demandas de vivienda social.

– Garantizar las dotaciones.

– Accesibilidad a dotaciones y equipamientos.

– Mejora de la red de tráfico y movilidad.

– Evitar procesos innecesarios de especialización.

REDACCIÓN DE PGOU – ADAPTACIÓN PARCIAL DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS A LA LOUA

La adaptación parcial de los instrumentos de planeamiento general vigentes contrastan la conformidad de las determinaciones del mismo con lo regulado en la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, respecto a la ordenación estructural exigida para el Plan General de Ordenación Urbanística.

En este sentido, el documento de adaptación parcial establece, como contenido sustantivo, las siguientes determinaciones:

a) La Clasificación de la totalidad del suelo del municipio,
b) Disposiciones que garanticen el suelo suficiente para cubrir las necesidades de vivienda protegida

c) Conforme a lo dispuesto por el articulo 3.2.b del Decreto 11/2008, la reserva de vivienda protegida no será exigible a los sectores que cuenten con ordenación pormenorizada aprobada inicialmente con anterioridad al 20 de enero de 2007.

d) Los sistemas generales constituidos por la red básica de terrenos, reservas de terrenos y construcciones de destino dotacional público.

e) Usos, densidades y edificabilidades globales de las distintas zonas de suelo urbano.

f) Para el suelo urbanizable se mantendrán las áreas de reparto ya delimitadas.

g) Señalamiento de los espacios, ámbitos o elementos que hayan sido objeto de especial protección.

h) Previsiones generales de programación y gestión.

 

INNOVACIONES AL PLANEAMIENTO GENERAL, con el contenido del documento que innovan.